Resumen del Artículo Disposición final segunda

Artículo Disposición final segunda del Impuesto sobre Sociedades Foral de Navarra (ISNav) — Disposición final segunda. Entrada en vigor. La presente ley foral entrará en vigor el día 1 de enero de 2017 y será de aplicación a los periodos impositivos que se inicien a partir de la expresada fecha, salvo las siguientes disposiciones: a) El artículo 39, que entrará en…

ISNavVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición final segundaDisposición final segunda

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente ley foral entrará en vigor el día 1 de enero de 2017 y será de aplicación a los periodos impositivos que se inicien a partir de la expresada fecha, salvo las siguientes disposiciones:

a) El artículo 39, que entrará en vigor el 1 de julio de 2016.

b) El último párrafo del artículo 53.2, que será de aplicación para periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2016.

c) Los artículos 66.6 y 69.2, que serán de aplicación para periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2016.

Lo establecido en el artículo 66.6 será de aplicación en lugar de lo previsto en el artículo 71.6 de la Ley Foral 24/1996, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.

d) La disposición transitoria tercera, que será de aplicación para periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2016.

e) La disposición transitoria décima, que será de aplicación a partir del 1 de julio de 2016.

f) La disposición transitoria decimoprimera, que será de aplicación para periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2016.

g) La disposición transitoria vigesimoquinta, que será de aplicación para periodos impositivos que se inicien en 2016.

Norma publicada: 28 de diciembre de 2016

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición final segunda

¿Qué dice el Artículo Disposición final segunda del ISNav?

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¿El Artículo Disposición final segunda del ISNav está vigente?

El artículo Disposición final segunda del ISNav está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición final segunda dentro del ISNav?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO XI.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición final segunda?

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